LÍMITES DE LA DISCRIMINACIÓN LABORAL
La
discriminación es una actividad antisocial, ya que atenta con la libre
convivencia entre personas, atando a éstas de prejuicios y creencias, la cual
provoca el menoscabo o lesiones de derechos humanos. Pero cuando esta conducta
se incuba, gesta, nace y reproduce en un centro de trabajo, tanto el patrón
como los trabajadores pueden ser víctimas de dicha conducta provocando el
quebrantamiento de las disposiciones legales en materia laboral.
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La
Ley Federal del Trabajo, establece algunas excepciones que no implican
discriminación en su artículo 3, párrafo tercero, el cual está redactado así:
No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada.
Tales
limitaciones del derecho a la no discriminación se ven reflejadas en
instituciones constitucionales, del artículo 123, apartado A, como:
El trabajo del mejor.El trabajo para embarazadas.Trabajos especiales.Trabajos donde se requieran estudios específicos.
Por
lo tanto, dichas limitaciones deben estar sujetas a razonamientos sustentados,
ya sea tanto capacidades, características, experiencia laboral, estudios, etc.,
por tratarse de actividades técnicas. Un ejemplo, muy simple por cierto, es que
un panadero que carezca de estudios superiores, se postule en una vacante donde
se requiera a un profesional contador o administrador, obviamente no será
tomado en cuenta, no porque no tenga la capacidad, sino por tratarse de un
trabajo que requiere conocimientos técnicos.
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