EL DERECHO DE TRABAJAR Y SER ÚTILES EN LA SOCIEDAD
El
trabajo es una actividad nata del hombre, esto se remota desde que el hombre
empezó a asociarse con otros hombres y delegando actividades en beneficio del
grupo, hasta encontrar al trabajo como lo es actualmente, regulado por el
Estado, a través de diversas instituciones y ordenamientos legales y jurídicos,
tanto nacionales como internacionales. Así mismo, el trabajador es reconocido
como sujeto de derechos y obligaciones laborales, vinculándose con estos
derechos, la obligación social que tiene el trabajo y el mismo como derecho.
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Para
abordar el tema del trabajo como derecho y deber social, se puede esquematizar
en tres puntos esenciales:
Desde la perspectiva del Estado
Desde la perspectiva del Trabajador
Desde la perspectiva del Patrón
Establecido
lo anterior, se comienza incrustando la siguiente pregunta: de quién es la
obligación y el derecho de hacer al trabajo como tal. La pregunta no es
sencilla de responder, y como el objetivo del presente artículo es solo dar un
panorama general al interesado, se puede responder la cuestión anterior,
apegándose a las perspectivas fijadas en el esquema.
Pero
antes, para fundamentar el tema, se citan los los siguientes ordenamientos
legales:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano: regulando la materia en estudio en su artículo 123, apartado A.
Ley Federal del Trabajo: en su artículo 3, del título primero, denominado
‘’Principios Generales’’
Desde la perspectiva del Estado
El
Estado se encuentra obligado a promover trabajos útiles para los trabajadores,
esto supone que no sean denigrantes y cuiden la dignidad del trabajador; así
mismo el Estado, a través de sus autoridades competentes, dará cumplimiento a
los derechos que el trabajador tiene reconocidos por la Ley, además regulará
las condiciones de trabajo, a través de la ley.
Desde la perspectiva del Trabajador
Por
su parte, el trabajador tiene la facultad de exigirle al Estado la creación de
Trabajos para ocuparse en ellos; pero por su parte el trabajador está obligado
a tener un trabajo útil, lo que significa que debe ser en el marco de la
licitud, es decir que no causen daños a la sociedad o atenten contra la moral.
Desde la perspectiva del Patrón
También
el patrón tiene la obligación de promover un trabajo socialmente útil, cuidando
y respetando la dignidad del trabajador; el patrón debe apegar dicho trabajo al
derecho, cumpliendo con las normas jurídicas laborales que sean aplicables.
En
conclusión, el trabajo digno es el tema principal de dicho principio
constitucional y federal, por lo que no solo es obligación para una de las
partes, ni el derecho de una, sino que se interceptan e interactúan para dar
cumplimiento a la Ley.
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