viernes, 29 de marzo de 2019

REQUISITOS LEGALES DE LOS TRABAJADORES ENTRE 15 Y 16 AÑOS


DE LA AUTORIZACIÓN PARA LABORAR


La ley laboral mexicana establece que los trabajadores mayores de 15 años podrán ejercer de manera independiente un trabajo, asimismo, de gozar sus derechos laborales como la percepción del salario, seguridad social, días de descanso, jornada máxima legal, etc. Pero qué sucede con los trabajadores menores de edad entre los 15 y 16 años.

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Al respecto la Ley Federal del Trabajo, incorpora en su artículo siguiente los requisitos previos para que los trabajadores menores entre los 15 y 16 años puedan ejercer su derecho a trabajar:

Artículo 22.- Los mayores de quince años pueden prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en esta Ley.

Los mayores de quince y menores de dieciséis necesitan autorización de sus padres o tutores y a falta de ellos, del sindicato a que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política.

Entonces, basándonos en el artículo en comento, el trabajador menor mayor de 14 años y menor de 16 años necesitan el permiso o autorización de los sujetos reconocidos en la disposición precedente, ya que de no hacerlo, no podrán ejercer dicho derecho, ni el patrón o empresario deberá emplearlos sin este consentimiento previo, ya que incurriría en una ilegalidad, la cual se sancionará de acuerdo a lo previsto en el cuerpo normativo laboral.

Por lo tanto, las condiciones especiales de este tipo de trabajadores son de suma importancia para el derecho laboral, ya que son trabajadores más vulnerables a la lesión de derechos y normas que la misma ley laboral les reconoce a éstos.

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