viernes, 15 de febrero de 2019

TRANSFERENCIA ILEGAL DE TRABAJADORES ENTRE EMPRESAS


SANCIÓN PARA LA EMPRESA QUE LESIONE ESTA NORMA


El objeto contractual del régimen de subcontratación es que la empresa contratista ocupe a sus trabajadores y sus recursos para cumplir con las condiciones y actividades que van a beneficiar a la empresa beneficiaria. Dicha norma limita que la empresa principal vulnere derechos de sus trabajadores.

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Para lo anterior, la Ley laboral mexicana expone el objeto tutelado de dicha norma, la cual establece lo siguiente:

Artículo 15-D. No se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley.

Un aspecto importante de esta premisa legal es que la transferencia de trabajadores debe de ser de manera deliberada, es decir debe existir un previo mecanismo o concientización del cambio de patrono laboral. Entonces, en caso de que el patrón contratante transfiera a trabajadores a una empresa con carácter de intermediario de una manera ignorante o inconsciente, se podría afirmar que el traslado o cambio de patrón no es sancionable. Esa es una cuestión jurídica sencilla, pero que el legislador y judicial debe tomar en cuenta para calificar dicha acción.

En el caso que exista voluntad y propósito de cambiar a algún trabajador, deberá de cumplir con el efecto de lesionar los derechos de éstos, cumpliendo esto, la empresa será acreedora y sujeta a la norma laboral siguiente:

Artículo 1004-C. A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general.

Por lo tanto, está estrictamente prohibido que toda empresa contratante utilice a los intermediarios para el menoscabo y reducción de derechos laborales, siendo de manera dolosa o deliberada, es decir con el propósito de evitar el gasto generado por el cumplimiento de las prestaciones de sus obreros.

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