OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Las
empresas contratantes que sean parte de la subcontratación, no solo deben
cuidar que la parte obligada o intermediaria cumpla con allegarse a la ley
laboral, reconocer los derechos de los trabajadores, sin incumplir con las
regulaciones en materias de salud y ambiental en la empresa contratista.
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La
Ley Federal del Trabajo expone lo siguiente sobre el derecho que tiene la
empresa beneficiaria para supervisar el cumplimiento del marco jurídico de
seguridad, salud y medio ambiente, la cual contiene lo siguiente:
Artículo 15-C. La empresa contratante de los servicios deberá
cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las
disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el
trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.
Así,
si la empresa contratista cumple con el aseguramiento de los derechos en estas
diversas materias legales y jurídicas, los trabajadores estarán siendo
tutelados por el derecho sustantivo. También, ambas empresas no solo
perseguirán sus intereses, sino que además deben de buscar el cuidado del
trabajador y su entorno.
Por
lo tanto, las partes del régimen de subcontratación deben trabajar de manera
conjunta para proteger los derechos y obligaciones tanto de los trabajadores
como del contratista.
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