jueves, 28 de septiembre de 2017

DERECHO TESTAMENTARIO - De Dónde es el Derecho Testamentario

De Dónde es el Derecho Testamentario

Para hablar de dónde viene o de dónde surge el derecho testamentario necesariamente se tiene que hablar del derecho romano, más precisamente en la etapa de la antigua Roma, que comprendía de los años 753 a. C. al 476 d. C.

El presente análisis se tomara como guía el concepto de derecho sucesorio y testamento; la capacidad para testar; y el sujeto a quien se transmite la herencia, el heredero.



El Derecho Testamentario en la Antigua Roma

El derecho romano definió este derecho como la sucesion universal mortis causa, pero antes es necesario saber qué era la sucesión, y esta derivaba de la palabra sucessio, la cual  quiere decir: la transmisión de bienes u obligaciones que tiene lugar a la muerte de una persona. Por consiguiente, la sucesión mortis causa, es la transmisión a uno o varios herederos, de un patrimonio perteneciente a un difunto.

Luego, para el estudio del testamento en Roma se conceptualizaba, según Ulpiano, como el testamentum est mentis nostrae iusta contestatio, in id sollemniter facta, ut post mortem nostram valeat: es decir, el testamento es una justa declaración de nuestra voluntad hecha con solemnidad, a fin de que valga después de nuestra muerte.

Hablando de la capacidad para testar y para ser digno heredero, se le denominaba testamenti facti, la cual era pasiva o pasiva.

La primera, Testamenti factio activa, era la capacidad jurídica que tenían los sujetos para 
hacer su testamento y era exclusiva para los ciudadanos romanos, sui iuris. Las personas que carecían de este derecho, eran los impúberes, prodigios, locos en su momento de lucidez, las mujeres necesitaban autorización de su tutor.

Y la segunda, Testamenti factio passiva, que era la capacidad que tenían los herederos para reclamar la herencia.Era también exclusiva para los ciudadanos romanos, sin embargo, se limitaba a las mujeres, personas inciertas, personas jurídicas, esclavos, ajenos.

La institución del heredero en Roma era muy estricta, debido a que solo se podía dejar a un solo heredero, al cual se le denominaba heredero universal, y si concurrían dos o más herederos se consideraba que recibían una parte proporcional de la herencia.

También vislumbraban ya las clausulas condicionantes, y siempre y cuando no se diera cumplimiento se podía suspender  la sucesión, además de que se nombraba a un heredero sustituto.

Derecho Testamentario - Antecedentes en Roma
(Vídeo #3)

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