jueves, 4 de octubre de 2018

TIPOS DE RÉGIMEN DEL SEGURO SOCIAL MEXICANO


REGÍMENES DE SEGURO SOCIAL EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL


Los trabajadores en México no solo gozan de los derechos laborales que la ley federal del trabajo les reconoce, también la Ley del Seguro Social les atribuye derechos laborales que tienden a tutelar su salud y los de su familia. Es por ello que en el Instituto Mexicano del Seguro Social, se trabaja dos regímenes sociales, ya sea el obligatorio y el voluntario.

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De lo anterior, se encuentra el fundamento en la Ley del Seguro Social, en su artículo 6, sobre los tipos de seguro social, que a letra dice:
Artículo 6. El Seguro Social comprende:I. El régimen obligatorio, yII. El régimen voluntario
Del régimen obligatorio, está compuesto por cinco seguros, los cuales, de acuerdo al artículo 11 de la Ley del Seguro Social, son:
Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de:I. Riesgos de trabajo;II. Enfermedades y maternidad;III. Invalidez y vida;IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, yV. Guarderías y prestaciones sociales
Tratándose del régimen voluntario, de la fracción II, del artículo 11, está comprendido en los artículos 240 y 241, los cuales a letra expresan:
Artículo 240. Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo. 
Artículo 241. Los sujetos amparados por el seguro de salud para la familia son los señalados en el artículo 84 de esta Ley y se sujetarán a los requisitos que se indican en el mismo.
Y las personas que pueden estar sujetas a dicho seguro, de acuerdo al artículo 84, son:
Artículo 84. Quedan amparados por este seguro:I. El asegurado;II. El pensionadoIII. La esposa del asegurado o, a falta de ésta, la mujer con quien ha hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con la que haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el asegurado tiene varias concubinas ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.IV. La esposa del pensionadoV. Los hijos menores de dieciséis años del asegurado y de los pensionados, en los términos consignados en las fracciones anteriores;VI. Los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen o hasta la edad de veinticinco años cuando realicen estudios en planteles del sistema educativo nacional;VII. Los hijos mayores de dieciséis años de los pensionados por invalidez, cesantía en edad avanzada y vejez, que se encuentren disfrutando de asignaciones familiares, así como los de los pensionados por incapacidad permanente, en los mismos casos y condiciones establecidos en el artículo 136;VIII. El padre y la madre del asegurado que vivan en el hogar de éste, yIX. El padre y la madre del pensionado
En resumen, los tipos de regímenes de seguridad social son: el obligatorio y el voluntario. Del régimen voluntario, está comprendido de cinco seguros; y del régimen voluntario, se compone solo de un seguro, el de enfermedad y maternidad. También la Ley del Seguro Social, especifica algunos de los sujetos de ambos regímenes.

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