QUÉ SON LAS OUTSOURCING O INTERMEDIARIOS EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
En
derecho laboral no es un derecho puramente social, éste está interrelacionado con
otras disciplinas o ciencias, tales como la economía o la administración de
empresas y negocios, luego el derecho laboral se vuelve versátil y complejo. Un
ejemplo de esta versatilidad y complejidad, son las famosas empresas
Outsourcing, o como lo reconoce la Ley Federal del Trabajo, Intermediarios. Por
lo que, se abordará el concepto de esta institución laboral económica, desde el
punto de vista jurídico legal.
Los
intermediarios sin duda son empresas, ya que estás buscan el lucro a través de
sus servicios que prestan a la empresa principal. Pero que es un intermediario.
Establecer una definición universal sobre estas figuras son realmente una tarea
compleja, no porque no se pueda establecer uno, sino por la versatilidad o
actualización de estas empresas ante la necesidad o realidad económica. Pero un
concepto jurídico sobre Outsourcing es:
Cuando una empresa recurre a otra para que ésta última realice ciertas actividades que se relacionan con los servicios prestados por la primera.
En
el ámbito legal, estas entidades son reconocidas y regulas por los artículos 12
al 16, pero para el legislador las considera como intermediarios. Para
establecer un concepto legal sobre estas, se invocan los supuestos de los
artículos 12 y 13, los cuales a letra expresan:
Artículo 12.- Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.
Artículo 13.- No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario serán solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores.
De
lo anterior, se puede resumir la siguiente definición:
Un intermediario es aquella persona que contrata personal para que brinden su servicio a un patrón; dicho intermediario responsable de las obligaciones nacidas de la relación laboral, apegándose a lo que exprese la ley.
Por
lo tanto, en este primer contacto con las empresas outsourcing o
intermediarios, se concluye que estas adquieren las obligaciones y/o
responsabilidades que toda empresa o patrón adquiere al contratar de manera
directa a sus trabajadores, claro está apegándose a las Leyes respectivas y
relativas.
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