DERECHOS QUE TUTELAN LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR
El
derecho laboral en México parece ser actual, ya que con la situación
internacional que se vive en el campo laboral, lo cual, ciertamente, provocara
la preparación de nuevas reformas y legislaciones a los ordenamientos relativos
a la materia laboral, ya sea la Constitución Nacional, así como la Ley Federal
del Trabajo y sus reglamentos respectivos. Pero fuera de esta tendencia, que
han llamado ‘’la cuarto transformación’’, la verdad es que el trabajo es una
actividad social que el hombre como miembro de una sociedad o grupo, ha
desempeñado naturalmente, por lo que en México ya existían, antes de pertenecer
a los países que han firmado los convenios fundamentales de la OIT, derecho
mínimos a favor de los trabajadores.
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El
trabajador mexicano, aparte de gozar de los derechos sustantivos, tanto
laborales como humanos, también en los ordenamientos máximos, la Constitución
Mexicana y a Ley Reglamentaria del 123, Apartado A, constitucional, reconocen
los derechos mínimos o fundamentales que la Organización Internacional del
Trabajo, reconoce en los instrumentos internacionales esenciales:
Constitución de la OITDeclaración de FiladelfiaDeclaración de los derechos Humanos
De
acuerdo con la Constitución de la OIT, estos derechos fundamentales tienen como
objetivo el siguiente:
Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones…
Ahora
bien en el artículo 1, de dicho instrumento, hace referencia a la Declaración
de Filadelfia, la cual es el segundo eje rector de dicho organismo
internacional en materia laboral o de justicia social en el trabajo. Así mismo,
la declaración en cita, en su fracción I, expone cuales son los derechos
fundamentales que los Estados, miembros de la OIT, deben regular y vigilar su
cumplimiento, a letra son los siguientes:
El trabajo no es una mercancía;
La libertad de expresión y de asociación es esencial para el progreso constante;
La pobreza, en cualquier lugar, constituye un peligro para la prosperidad de todos;
La lucha contra la necesidad debe proseguirse con incesante energía dentro de cada nación y mediante un esfuerzo internacional continuo y concertado, en el cual los representantes de los trabajadores y de los empleadores, colaborando en un pie de igualdad con los representantes de los gobiernos, participen en discusiones libres y en decisiones de carácter democrático, a fin de promover el bienestar común.
Por
lo tanto, los derechos antes mencionados, como: trabajo no es una mercancía, la
libertad de expresión, libertad de asociación, libertad de prosperidad, libertad
de igualdad y participación, bienestar común de los trabajadores y patrones,
son los derechos fundamentales que México reconoce para los trabajadores.
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